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CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTABLECIMIENTO DE JÓVENES AGRICULTORES.

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Orden de 24 de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por
la que se aprueba .la convocatoria de las ayudas destinadas al establecimiento
de personas jóvenes agricultoras , en el marco del Plan Estratégico de la PAC de España ,
periodo 2023-2027.

Personas beneficiarias.

Podrán acogerse a estas ayudas las personas jóvenes, ya sea en régimen
de titularidad única, compartida o como miembro de explotación asociativa, que
cumplan los requisitos del artículo 7 de la Orden de 14 de marzo de 2023, de
la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas destinadas al establecimiento de personas
jóvenes agricultoras en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común
de España, período 2023-2027 (BORM n.º 63, 17/03/2023)

Objeto.

Por la presente Orden se convocan, en régimen de concurrencia competitiva,
para las anualidades 2024 y 2025, las ayudas destinadas al establecimiento de
personas jóvenes agricultoras, enmarcadas en el Plan Estratégico de la Política
Agraria Común de España, período 2023-2027 (PEPAC 2023-2027).

Bases reguladoras.

Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al
establecimiento de personas jóvenes agricultoras en el marco del PEPAC 2023-2027.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2023/numero/1620/pdf?id=817125

Plazo de presentación de solicitudes de concesión.

1. El plazo de presentación se inicia al día siguiente de la publicación de la
presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, finalizando el 28 de
julio de 2023.

2. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el artículo 17 de Orden de 14
de marzo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por
la que se establecen las bases reguladoras.

Plazo de presentación de solicitudes de pago.

1. El plazo de presentación para la anualidad 2024 quedará fijado en la
correspondiente Orden de Concesión.

2. Para la anualidad 2025, el plazo de solicitud, que se efectuará tras la
justificación de la ayuda del tramo correspondiente, se realizará entre el
01/01/2025 y el 01/06/2025, inclusive.

3. Para la formulación de las solicitudes de pago se tendrá en cuenta lo
descrito en el artículo 28 de la Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejería
de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases
reguladoras. Las solicitudes irán acompañadas por la documentación indicada en
el Anexo VIII de la Orden de 14 de marzo de 2023.

Orden publicada : https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2023/numero/1897/pdf?id=817467

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