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PLAN ESPECIAL DE SEQUÍA. ACUERDOS JUNTA DE GOBIERNO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

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Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. sobre acuerdos adoptados en la Junta de Gobierno sobre Plan Especial de Sequía.

En la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A.celebrada el pasado 26 de febrero de 2020, se aprobaron los siguientes acuerdoscontemplados en el Orden del día

En el punto 7 se ha aprobado por unanimidad la aplicación de indisponibilidado reducción de dotaciones de acuerdo al Plan Especial de Sequía en los siguientestérminos:

Primero.- Establecer a partir de marzo de 2020, hasta final del año hidrológico 2019-2020, una reducción del 12% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar que no tengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933(aprovechamientos "no tradicionales").

Segundo.- Establecer a partir de marzo de 2020, hasta final del año hidrológico 2019-2020, una reducción del 7% de los derechos concesionales a todos los aprovechamientos de aguas del sistema de los ríos Segura, Mundo y Quípar quetengan la consideración de regadíos tradicionales anteriores al año 1933 (aprovechamientos "tradicionales").

Tercero.- Los acuerdos de los apartados primero y segundo se revisarán, en su caso, en función de la situación hidrológica de la cuenca y de los acuerdos de lapróxima Comisión de Desembalse, y como máximo en el mes de mayo de 2020, antes de la campaña de riegos de verano. En el punto 8, se aprobó por unanimidad el tratar como aguas de peaje los recursos correspondientes a consumo directo que en los meses de noviembre y diciembre de 2019, no han cumplido con las conductividades medias de losrecursos del trasvase Tajo-Segura, a petición de la Comunidad de Regantes Riegos de Levante M.I. En el punto 9, se aprobó por mayoría iniciar el procedimiento para la declaración de la masa de agua subterránea 07.052 Campo de Cartagena, en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico (artículo 56 del TRLA).

Por ello y según el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, procedepublicar los citados acuerdos en el Boletín Oficial del Estado.Murcia, 1 de abril de 2020.- La Secretaria General, Mónica Gonzalo Martínez.

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO