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PUBLICADA LA ORDEN DE SOLICITUDES DE AYUDAS PAC REGIÓN DE MURCIA

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Orden de 11 de abril de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente por la que se regula, en el ámbito de la Región de Murcia, determinados aspectos sobre los derechos de pago básico, la aplicación en 2016 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, las solicitudes de modificación del SIGPAC para los regímenes de ayuda relacionados con la superficie y la presentación de la solicitud única en el marco de la política agrícola común y se aprueba la convocatoria del año 2016 de las ayudas correspondientes a la medida 13 “pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas” del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020.

ORDEN COMPLETA: http://www.borm.es/borm/vista/busqueda/ver_anuncio_html.jsf?fecha=150420...

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto regular en el ámbito de la Región de Murcia, determinados aspectos sobre los derechos de pago básico, requisitos aplicables a los pagos directos a la agricultura, a la ganadería y determinadas ayudas de desarrollo rural y convocar las ayudas incluidas en la “Solicitud Única” para el año 2016, en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) para el periodo 2015-2020 relacionándose todas ellas en éste y en los puntos siguientes:

a) En materia de agricultura:

1.º La ayuda del régimen de “pago básico” establecida en el capítulo 1 del título III del Reglamento (CE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, incluyendo la solicitud de cesión de derechos de pago básico, incluso los procedentes de la reserva nacional y el incremento de ayuda a los jóvenes agricultores.

2.º El pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente establecidas en el capítulo 3 del título III del Reglamento (UE) n.º 1307/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

3.º La ayuda asociada al cultivo del arroz definida en los artículos 30, 31, 32 y 33 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

4.º La ayuda asociada a los cultivos proteicos definida en los artículos 34, 35, 36 y 37 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

5.º La ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas definida en los artículos 38, 39 y 40 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre

6.º La ayuda asociada a las legumbres de calidad definida en los artículos 41, 42, 43 y 44 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

7.º La ayuda asociada al tomate de industria definida en los artículos 48, 49, 50, 51 y 52 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

8.º El pago específico al cultivo del algodón definido en los artículos 53, 54, 55, 56 y 57 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

b) En materia de ganadería:

8.º La ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas definida en el capítulo II del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

9.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo definida en el título IV, capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

10.º La ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche definida en el título IV, capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

11.º La ayuda asociada para las explotaciones de ovino definida en el título IV, capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

12.º La ayuda asociada para las explotaciones de caprino definida en el título IV, capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

13.º La ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche, vacuno de cebo y, ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago base definida en el título IV, capítulo II, del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

c) En materia de agricultura y ganadería.

14.º El régimen simplificado para pequeños agricultores que se regula en el título V del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

15.º Ayuda nacional por superficie a los frutos de cáscara regulada en la disposición adicional primera del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

2. La presente Orden también tiene por objeto aprobar la convocatoria correspondiente al año 2016 de las líneas de ayuda correspondientes a las distintas submedidas de la medida 13 “Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras zonas con limitaciones específicas” del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, y que concretamente son las siguientes:

a) pagos compensatorios en zonas de montaña.

b) pagos compensatorios en zonas con limitaciones naturales.

A dicha convocatoria se dedica la Disposición Adicional Primera de la presente Orden.

3. Se incluirán en la solicitud única, además de las solicitudes de las ayudas a las que se hace referencia en el apartado anterior, las solicitudes de pago correspondientes a la anualidad 2016 de las siguientes líneas de ayuda de desarrollo rural:

a) ayudas para la protección agroambiental en arrozales, concedidas al amparo del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2007- 2013

b) Ayudas para la forestación de tierras agrícolas.

c) Ayudas para la mejora agroambiental en Espacios Naturales Protegidos de la Región de Murcia.

d) Ayudas correspondientes a la medida 10 “Agroambiente y Clima” y medida 11 “Agricultura Ecológica” del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020.

e) Ayudas correspondientes a la medida 10 “Agroambiente y Clima” relacionadas con actividad ganadera: racionalización del pastoreo y mantenimiento de razas autóctonas.