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Acuerdo sobre prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria de la UE

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Bruselas, 19 de diciembre de 2018. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión han alcanzado hoy un acuerdo político sobre un nuevo conjunto de normas que garantizará la protección del 100% de los agricultores de la UE y de una amplia mayoría de las empresas agroalimentarias de la UE contra las prácticas contrarias a la buena fe y a la lealtad comercial.

· La nueva Directiva europea cubrirá los productos agrícolas y alimentarios comercializados en la cadena alimentaria, prohibiendo por primera vez hasta 16 prácticas comerciales desleales impuestas unilateralmente por un socio comercial a otro. Sólo se permitirán otras prácticas si están sujetas a un acuerdo previo claro e inequívoco entre las partes implicadas.

· La Comisión Europea había presentado su propuesta legislativa en abril de 2018 para garantizar una mayor equidad en la cadena alimentaria y proporcionar una protección mínima en toda la UE. Es la primera vez que se aplica la legislación de la UE en este ámbito. El nuevo marco otorga a los Estados miembros la autoridad para hacer cumplir las nuevas normas e imponer sanciones en caso de infracciones comprobadas.

En la reunión final de negociación con los representantes del Parlamento Europeo y del Consejo, Phil Hogan, Comisario de Agricultura y Desarrollo Rural, ha declarado lo siguiente: "El acuerdo de hoy allana el camino para una ley de la UE por primera vez que ofrece una protección significativa a todos los agricultores de la UE, a sus organizaciones y a las pequeñas y medianas empresas. Ahora estarán protegidos contra todos los grandes operadores que actúen de forma injusta y al margen de las normas. Deseo expresar mi agradecimiento a todos los negociadores, cuyo enfoque constructivo y arduo trabajo han garantizado el acuerdo político de hoy. Me complace especialmente que el acuerdo se haya alcanzado en un plazo notablemente corto de ocho meses a partir de la presentación de la propuesta por la Comisión".

El acuerdo alcanzado hoy se aplicará a cualquier persona que participe en la cadena alimentaria con un volumen de negocios de hasta 350 millones de euros y con niveles de protección diferenciados por debajo de ese umbral. Las nuevas normas cubrirán a los minoristas, procesadores de alimentos, mayoristas, cooperativas u organizaciones de productores, o a un solo productor que se dedique a cualquiera de las prácticas comerciales desleales identificadas.

Entre las prácticas comerciales desleales que deben prohibirse se incluyen: pagos tardíos por productos alimenticios perecederos; cancelaciones de pedidos de última hora; cambios unilaterales o retroactivos en los contratos; obligar al proveedor a pagar por los productos desperdiciados y rechazar los contratos escritos.

Otras prácticas sólo se permitirán si están sujetas a un acuerdo previo claro e inequívoco entre las partes: un comprador que devuelve los productos alimenticios no vendidos a un proveedor; un comprador que cobra a un proveedor por asegurar o mantener un acuerdo de suministro de productos alimenticios; un proveedor que paga por una campaña de promoción, publicidad o comercialización del comprador.

La aplicación de estas normas no dará lugar a un aumento de los precios para los consumidores. En el transcurso de la consulta pública realizada por la Comisión antes de presentar la propuesta, las organizaciones de consumidores fomentaron la regulación de estas prácticas debido a su efecto negativo sobre los consumidores a largo plazo.

Un elemento importante de la directiva es que los Estados miembros pueden introducir en su legislación nacional un ámbito de aplicación superior a 350 millones de euros o adoptar medidas adicionales, si así lo desean. El acuerdo también incluye una cláusula de revisión fijada en 4 años, lo que significa que las disposiciones del texto legislativo tendrán que ser evaluadas y posiblemente revisadas en el curso del próximo mandato parlamentario.

Los Estados miembros designarán a las autoridades encargadas de hacer cumplir las nuevas normas, incluida la capacidad de imponer multas e iniciar investigaciones basadas en denuncias. La confidencialidad puede ser solicitada por las partes que presentan una queja, para tratar las preocupaciones sobre posibles represalias. La Comisión creará un mecanismo de coordinación entre las autoridades responsables de la aplicación de la legislación para permitir el intercambio de las mejores prácticas.

Tras el acuerdo de hoy, se celebrará una votación en el Parlamento Europeo y en el Consejo para aprobar formalmente el texto. Una vez adoptados en su totalidad, los Estados miembros tendrán que transponer el nuevo texto legislativo a su legislación nacional.