968 28 41 88

SELECCIÓN DE USUARIOS PARA EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS.

Se encuentra usted aquí

Relación de usuarios seleccionados para las oficinas de Murcia, Águilas y Caravaca de la Cruz, según el artículo 7 de la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020 (FEADER).

OFICINA DE MURCIA: http://www.asajamurcia.com/sites/default/files/proyecto/h%20Murcia%20FMG...

OFICINA CARAVACA DE LA CRUZ: http://www.asajamurcia.com/sites/default/files/proyecto/h%20Caravaca%20F...

OFICINA ÁGUILAS: http://www.asajamurcia.com/sites/default/files/proyecto/h%20AGUILAS%20FM...

CONTACTO:

Oficina Regional de la entidad de asesoramiento: ASAJA Región de Murcia, C/ Parpallota nº 13 30007 Murcia Telefono: 968284188

Oficina Murcia: C/ Parpallota nº13 30007 Murcia.

Horario: De lunes a viernes de 8:00 h a 15:00 h.

Oficina Caravaca de la Cruz: Carretera de Granada, nº 46 bajo .30400 Caravaca de la Cruz Teléfono: 968701088

Horario: de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20.00 horas

Oficina Águilas: C/ Don Carnal, nº 17 , Polígono Industrial El Labradorcico. Teléfonos 968447300-616064642

Horario:
De lunes a viernes de 8:00 h a 15:00 h.
Martes y jueves de 17:00 h a 19:30 h.

Asesoramiento a las explotaciones agrarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia ( FEADER )

Ayudas concedidas al amparo de la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (BORM nº 237 de 13/10/2018), y la Orden de 25 de marzo de 2019 por la que se hace pública la convocatoria para la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias (BORM nº 78 de 04/04/2019

Durante los tres años que dura este servicio, se realizarán visitas a las explotaciones agrarias, asesorando a los agricultores sobre aspectos como la Condicionalidad, medidas agroambientales, medidas de desarrollo rural, etc., proponiéndose mejoras por parte de los técnicos de ASAJA.

Descripción de las operaciones de asesoramiento

El proceso de asesoramiento incluye las siguientes fases:

Fase I. Análisis inicial de la explotación. Se realiza una visita a la explotación observando todos los aspectos de asesoramiento obligatorios y, en su caso, los voluntarios, realizando un informe sobre dicha visita.

Fase II. Propuestas técnicas. Se realiza un informe sobre las anomalías detectadas así como las mejoras que se proponen en la explotación.

Fase III. Elección de propuestas y programación. Se trata de reunirse con el asesorado para elegi las propuestas de mejora y programar su puesta en marcha.

Fase IV. Seguimiento de ejecución. Se realizan tres visitas se seguimiento.

Fase V. Finalización Acta de visita e informe. En la última visita se trata de realizar un informe sobre las mejoras que ha supuesto el asesoramiento para la explotación durante todo el periodo.

Tipos y ámbitos de asesoramiento que se prestan
1.- ASESORAMIENTO OBLIGATORIO.

Las siguientes ámbitos de asesoramiento o deberán ser obligatoriamente prestados por las entidades de asesoramiento a las explotaciones solicitantes, siempre que sean de aplicación en función de sus características productivas.

1.1- Requisitos y obligaciones relativos a la Condicionalidad.

Asesoramiento sobre todas las obligaciones que deberá cumplir la explotación, relativas a los requisitos legales de gestión o normas de buenas condiciones agrícolas y medioambientales que han de ser respetadas por la explotación para el cobro de cualquier tipo de Ayudas europeas PAC.

1.2- Medidas agroambientales.

Asesoramiento sobre todas las obligaciones que deberá cumplir la explotación, en lo referente a las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente establecidas en la normativa europea para el cobro completo de ayudas directas PAC (Greening).

1.3- Medidas de desarrollo rural.

Asesoramiento sobre la puesta en marcha y aplicación de las medidas, a escala de las explotaciones agrícolas, incluidas en los programas de desarrollo rural destinadas a fomentar la modernización de las explotaciones, la consolidación de la competitividad, la integración sectorial, la innovación y la orientación al mercado, así como la promoción de la iniciativa empresarial.

1.4- Explotaciones forestales.

Asesoramiento a las Explotaciones forestales, o a las explotaciones agrarias que tengan superficie forestal, en relación a como mínimo a las obligaciones pertinentes establecidas en las Directivas 92/43/CEE, 2009/147/CE y en la directiva marco del agua. Podrá abarcar asimismo cuestiones vinculadas a los resultados económicos y medioambientales de la empresa.

1.5- Pymes.

Asesoramiento a Pymes del ámbito rural, en resultados económicos y medioambientales según lo especificado en el artículo 15 apartado 6 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.
2.- ASESORAMIENTO OPCIONAL.

Adicionalmente a los anteriormente indicados, a solicitud del titular de la explotación y en función de la realidad productiva de cada una de estas explotaciones, se podrá asesorar en lo siguiente ámbitos:

2.1- Riesgos laborales.

2.2- Incorporación de jóvenes.

Asesoramiento específico para agricultores que se instalen por primera vez.

2.3- Diversidad económica rural.

Asesoramiento para el fomento de las conversiones de explotaciones y la diversificación de su actividad económica.

2.4- Gestión del riesgo.

Asesoramiento en relación a la gestión del riesgo (seguros agrarios) y la introducción de las medidas preventivas oportunas para hacer frente a los desastres naturales, los acontecimientos catastróficos y las enfermedades animales y vegetales.

2.5- Agroambiente, clima y agricultura ecológica.

Asesoramiento relativo al desarrollo de las medidas de ayudas Agroambiente y clima y agricultura ecológica y en relación a los requisitos mínimos establecidos por la legislación nacional.

2.6- Mitigación del cambio climático, biodiversidad y protección del agua.

Asesoramiento relativo a la información relativa a la mitigación del cambio climático y la adaptación a sus efectos, la biodiversidad y la protección del agua.

2.7- Otros.

Asesoramiento relativo a:

. Cadenas cortas de distribución

. Resultados económicos y medioambientales en la explotación agrícola.

. Aspectos sanitarios de la cría de animales
Requisitos de los usuarios y de las explotaciones para poder recibir asesoramiento

Deberán ser agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores, titulares forestales, otros gestores de tierras y a las PYME de zonas rurales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Aquellas explotaciones objeto de asesoramiento deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Región de Murcia.

Criterios para la selección de usuarios

Para la selección por concurrencia competitiva de las explotaciones que puedan recibir estos servicios de asesoramiento, se seguirán los siguientes criterios, pudiendo obtener cada usuario una puntuación máxima de 100 puntos:

Agricultor dado de alta en el régimen especial de los trabajadores autónomos (RETA) por su actividad agraria propia o autónomos o en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA). En el caso de que el titular sea una persona jurídica estos requisitos deberán ser cumplidos por el 50% de sus socios. 20 puntos.

Explotación calificada como prioritaria, según Ley 19/1995, de 18 de julio, de modernización de explotaciones agrarias y/o se trate de una explotación agraria de titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias a la que se preste asesoramiento en materia de agraria: 20 puntos.

Titulares con explotaciones ubicadas en parte o en su totalidad en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario o zonas de montaña o como zonas con limitaciones naturales o zonas de la Red Natura 2000. 20 puntos.

Joven agricultor, ganadero o titular forestal: 10 puntos.

Se considerará joven a todo agricultor, ganadero o titular forestal con una edad menor a 41 años a fecha en la que finalice el plazo para presentar la solicitud indicada en la presente orden.

Mujer titular de explotación agraria, forestal o titular de Pyme del ámbito rural: 10 puntos.

Agricultor inscrito en el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia: 10 puntos.

Explotaciones ganaderas integradas en una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera: 5 puntos.

Agricultor que tenga amparada su producción en una Denominación de Origen o en una Indicación Geográfica Protegida cuyos consejos reguladores tenga la sede en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 5 puntos

Sólo se podrá prestar asesoramiento a aquellos usuarios que hayan alcanzado una puntuación mínima de 20 puntos.

“Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa invierte en las zonas rurales”.